Mañana habrá una Sesión Ordinaria en el Honorable Concejo Deliberante de Quilmes donde se tratara un Proyecto de mi autoria que tiene que ver con un régimen de exención especial y por única vez de todas las tasas municipales para todos aquellos vecinos que vivan dentro de las zonas afectadas y que hayan sido victimas de las ultimas inundaciones.
Les dejo el Proyecto para que sepan de que se trata.
HCD Municipalidad de Quilmes- Mesa de Entrada
Numero: HCD-0-2-22839 01/11/12
Referente: Eximir tasa Mpal por única vez a vecinos afectados por inundación.
Autor: Bloque
PJ-FG- Cjal. Roberto A. Gaudio
Visto: La
tormenta y posterior inundación del día
29 de Octubre de 2012 y
Considerando:
Que la ocurrencia de eventos
climáticos de esta característica y magnitud parecen ser cada vez mas
frecuentes.
Que además de los paliativos de
emergencia de que dispone la Municipalidad de Quilmes es menester arbitrar
otros medios que mitiguen el efecto del evento climático.
Que después de la mencionada inundación
cientos de familias deben regresar a sus hogares habiendo tenido innumerable
cantidad de pérdidas materiales
Que las respuestas del estado ante
una situación de estas características no solo debe ser la asistencia y
evacuación de los ciudadanos victimas del fenómeno sino también deben ser la
asistencia de estos articulando la asistencia y oportunidades del estado en
todos sus niveles.
Que el estado municipal tiene
frente a esta situación la oportunidad de reconocer con la eximición de tasas a
los afectados, parte de sus perdidas materiales.
Que hay en este Honorable Concejo
deliberante antecedentes que así lo demuestran frente a otras situaciones de
similares características.
Que trabajar en propuestas de este tenor desde
el poder legislativo, significa ponerse en sintonía con el reclamo de los
damnificados para garantizar de esta forma la cercanía del estado en la
resolución de los problemas del pueblo .
Por todo lo
expuesto el concejal Roberto Gaudio
aconseja la aprobación del siguiente proyecto de
ORDENANZA
Articulo 1º: ESTABLECESE un régimen
de exención especial y por única vez de todas las tasas municipales para todos
aquellos vecinos que vivan dentro de las zonas afectadas y que hayan sido
victimas de las ultimas inundaciones.
Articulo 2º: DISPONESE que la
exención establecida en el artículo 1º sea para las obligaciones inherentes al
sexto bimestre del corriente año.
Articulo 3º: FACULTASE al
Departamento Ejecutivo a disponer el mismo beneficio para el primer bimestre
del año 2013.
Articulo 4º: De Forma
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