31/7/13

TENOR A LA PASTA EN EL TEATRO DON BOSCO



“Cocinar es cantar, servir es cantar,
cantar es fundirse en su propia
salsa para encontrarse con el otro
en un mundo de aromas y sutilezas.”
DIEGO IGLESIAS nos deleita una ves mas
con su exquisita voz y su repertorio de
las mejores Arias, Cansonetas y Zarzuelas

¡NO SE LO PIERDA!

SÁBADO 3 de AGOSTO - 21 hs

Llegan las Fiestas Patronales de Bernal : Los Fogones serán el 7 de septiembre

"Con María, mujer de Fe" es el lema que este año enmarca las actividades religiosas, culturales, sociales y deportivas que indican a la ciudad de Bernal con su espíritu festivo. Los tradicionales fogones se realizarán el sábado 7 de septiembre entre las 17 y las 23.



 En los meses de agosto y septiembre se celebrarán las Fiestas Patronales de Bernal en honor a Nuestra Señora de la Guardia y la Semana de Bernal. Los tradicionales fogones serán el 7 de septiembre entre las 17 y las 23.  "Con María, mujer de Fe" es el lema que este año enmarca las actividades religiosas, culturales, sociales y deportivas que impregnan la ciudad de Bernal con su espíritu festivo que caracteriza a todos los pobladores en esta época.  Todas las actividades son de entrada libre y gratuita de acuerdo al siguiente cronograma.-Agosto; domingo 4 "Concierto Coral de la Iglesia Nueva Apostólica" a las 17; martes 6, conferencia del doctor Julio Labaké "Vivir y resolver la adolescencia", para alumnos de los últimos cursos de secundaria y sus padres, con invitación a los colegios de la zona.  Salón Inculca a las 10; miércoles 14, Día de Quilmes; jueves 15, Asunción de la Virgen; viernes 16, nacimiento de Don Bosco (198 años); sábado 17, aniversario de la muerte del General San Martín Encuentro para padres a las 16. Convocan "Movimiento Encuentros Matrimoniales" de la Diócesis, UPF de Bernal y Salesianos Cooperadores; domingo 18, Día del Niño; domingo 25, Concierto de Organo en la Capilla Interna a las 17 y a las 20 "Besos para el alma" recital del barítono Tomás Jofré, en el Multicultural Don Bosco (Belgrano y Don Bosco).  Asimismo, el jueves 29, será el Día de Nuestra Señora de la Guardia:A las 8: Misa de horario. A las 16, bendición de embarazadas, bebés, y mujeres en dificultad para concebir. Bendición especial a los abuelos. A las17.30: Misa en el Cuartel de Bomberos. A las 19, Misa de horario, solemnizada.  Sábados 23, 30 y domingo 31; torneo de ajedrez, final en salón Inculca.-Septiembre; domingo 1º "Fiesta de la Patrona de Bernal".9.15 Izamiento de banderas. Comienza la celebración.9.30 Misa con las autoridades.11.30 Misa de horario.  Desfile de instituciones por la calle Zapiola; en el patio de la Parroquia: kermese, juegos, feria americana a beneficio de Cáritas y parrilla a cargo de la UPF.  A las 13: Almuerzo de la comunidad genovesa. A las 16, manifestación Mariana por las calles de Bernal. A las 17, Misa solemnizada, presidida por el obispo de Quilmes, monseñor Carlos José Tissera. No habrá Misa de las 19.  Los tradicionales fogones serán el 7 de septiembre de 17 a 23 (en caso de lluvia se pasan al 14); a las 17, habrá misa y no hay misa a las 19. A las 23, se sorteará un automóvil cero kilómetro. El sábado 14 habrá teatro para chicos: "El mágico mundo de María Elena", en el Multicultural Don Bosco (Belgrano y Don Bosco) a las 15.  El domingo 22 a las 14 será la bicicleteada familiar con premios y sorteos y el sábado 28 será la ordenación sacerdotal de nuestro diácono Héctor "Gringo" Arismende.



Historia

  La advocación a Nuestra Señora de la Guardia, oriunda de la ciudad italiana de Génova comenzó en 1490 y llega a Bernal en 1891. En 1895 se bendice la Capilla que en 1914 se erige como Parroquia atendida por los Salesianos de Don Bosco.  El 7 de septiembre de 1986 el Obispo de Quilmes, Monseñor Jorge Novak, declaró a Nuestra Señora de la Guardia patrona principal de la ciudad de Bernal.  También el 29 de agosto, además del día de la Virgen de la Guardia, se celebra el "Día de Bernal", conmemorando el aniversario de la declaración de Bernal como ciudad, en julio de 1960.   La ordenanza municipal que así lo declara es la N° 10448 del Honorable Concejo Deliberante de Quilmes del 22 de agosto de 2006.  Las Fiestas Patronales de Nuestra Señora de la Guardia, que se realizan desde sus inicios, fueron convocando cada vez más gente de toda la ciudad y de otros lugares, interesando también a las instituciones públicas y privadas.   Todo esto animado por la colectividad genovesa, fundadora inicial del templo, por la Pía Unión Genovesa, por otras colectividades italianas que se han sumado en los últimos años a estas actividades y por la Comisión de Fiestas Patronales. En las últimas Fiestas Patronales bernalenses, realizadas entre agosto y septiembre de 2012, participaron de las diferentes actividades más de 100 mil personas.  Este año se espera una gran convocatoria y se invita a todos los vecinos, colegios e instituciones de la zona a participar de estos festejos.



La Universidad Nacional de Quilmes participa de una red de universidades

La prestigiosa institución quimeña se encuentra abocada a un proyecto de cooperación junto a sus pares de las casas de altos estudios de Paraguay y de Angola. Firman convenio de vínculos de trabajo


La Universidad Nacional de Quilmes  participa de un proyecto de la Cooperación Sur Sur que propone el Ministerio de Educación de la Nación y que se realiza con la red de gestión universitaria entre la Universidad Autónoma de Paraguay y la Universidad de A’nkonde Lueji, de Angola.En este marco, representantes de la UNQ visitaron la casa de estudios angoleña, en donde pudieron explorar diferentes cuestiones de cooperación, principalmente en temas académicos y de gestión. También acordaron la firma de un convenio interinstitucional con la intención de profundizar el vínculo entre ambas instituciones.La Universidad de A'nkonde Lueji es una institución pública que tiene alrededor de ocho mil estudiantes de diferentes provincias angoleñas. Allí fueron recibidos por una comitiva integrada por el rector, Samuel Carlos Victorino y el prorrector de Relaciones Institucionales de dicha institución. Luego de un recorrido por las instalaciones de la Universidad, los representantes de la UNQ brindaron una breve charla presentando las carreras y las características generales del sistema universitario argentino. Al finalizar, firmaron un Memorándum de Cooperación entre las Oficinas de Relaciones Internacionales con el objetivo de profundizar la relación. Se prevé que en un futuro próximo una delegación angoleña pueda concurrir a la Universidad Nacional de Quilmes.También avanzaron en torno a la presentación conjunta del Proyecto FO.AR "Fondo de Cooperación sur-sur y triangular", denominado "Fortalecimiento del Proceso de Internacionalización de las ORIS en Instituciones de Educación Superior", próximo a presentarse. Cabe recordar que no es la primera oportunidad que la UNQ coopera con un país africano. Desde hace años viene desarrollando cooperación alimentaria en Mozambique.

30/7/13

TEATRO DON BOSCO: MUESTRA SEMESTRAL DE TEATRO

Sera el próximo viernes 2 de agosto



GÉNEROS EN ESCENA I y II 
MUESTRA DE 1º Y 2º AÑO 
Escenas y Géneros a Representar: 
 PARODIA (Fonomímica)

ANTÍGONA - Sófocles (Tragedia) 

LISÍSTRATA - Aristófanes (Comedia) 

LA CELESTINA - Fernando de Rojas (Parodia de la Tragicomedia) 

EL AVARO - Moliere (Comedia en Prosa)

EL BURLADOR DE SEVILLA - Tirso de Molina

(Parodia.Teatro Barroco Siglo de Oro Español - Drama Naturalista

VIERNES 2 de AGOSTO - 21:30 hs

29/7/13

ELECCIONES 2013: Aplicación Móvil para la Consulta de Padrones





Padrón 2013 es la aplicación oficial y gratuita del Ministerio del Interior y Transporte y del Poder Judicial de la Nación, que permite consultar en que Mesa y Escuela tendrás que votar para las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.) del 11/08/2013 y en las elecciones nacionales del 27/10/2013 en la República Argentina.





Desde tu iPhone ingresá a:
Desde tu Android ingresá a:



Desde tu Symbian ingresá a:
Desde tu Blackberry ingresá a:

26/7/13

EVITA ETERNA EN EL ALMA DE LOS ARGENTINOS


Su inconmensurable amor por los desposeídos, su apasionada lucha por la justicia social y su coraje para enfrentar a los dueños del poder cambió definitivamente la Argentina. Evita por siempre en el alma del pueblo argentino.


24/7/13

Reproducción Medicamente Asistida: Les dejo el Decreto que reglamenta la Fertilización Asistida








Decreto 956/2013
Ley Nº 26.862. Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. Reglamentación.
Bs. As., 19/7/2013
VISTO el Expediente Nº 1-2002-12.895/13-7 del Registro del MINISTERIO DE SALUD y la Ley Nº 26.862, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.862 tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida.
Que en dicha ley prevalecen, entre otros derechos concordantes y preexistentes reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango Constitucional (conforme artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna), los derechos de toda persona a la paternidad / maternidad y a formar una familia, en íntima conexión con el derecho a la salud.
Que el derecho humano al acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, reconocido por la Ley Nº 26.862, se funda en los derechos a la dignidad, a la libertad y a la igualdad de toda persona humana (conforme la Constitución Nacional y los fundamentos y principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos).
Que la Ley Nº 26.862 se fundamenta en la intención del legislador de ampliar derechos; ello, en tiempos de cambios y de más inclusión en el ámbito social y en el de la salud; en el marco de una sociedad que evoluciona, aceptando la diferencia y la diversidad cultural y, promoviendo de tal modo, una sociedad más democrática y más justa.
Que la Ley Nº 26.862 establece que pueden acceder a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin que se pueda introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado. La cobertura prestacional la deben brindar los establecimientos asistenciales de los TRES (3) subsectores de la salud: público, seguridad social (obras sociales) y privado (medicina prepaga).
Que la ley de marras sigue lo prescripto científicamente por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en orden a la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas de reproducción médicamente asistida.
Que por lo expuesto, se procede en esta instancia al dictado de las normas reglamentarias necesarias que permitan la puesta en funcionamiento de las previsiones contenidas en la Ley Nº 26.862.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.862 que como ANEXO I forma parte del presente Decreto.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.
ANEXO I
REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 26.862 - ACCESO INTEGRAL A LOS PROCEDIMIENTOS
Y TECNICAS MEDICO-ASISTENCIALES DE REPRODUCCION MEDICAMENTE ASISTIDA
ARTICULO 1°.- Objeto. Entiéndase que la garantía establecida por la Ley Nº 26.862 tiene por objeto el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, como la posibilidad de acceder a dichos procedimientos y técnicas cualquiera sea la cobertura que posea el titular del derecho. A esos fines, los Prestadores del Servicio de Salud de los ámbitos público, de la Seguridad Social y privado, deberán proveer sus prestaciones respectivas conforme la Ley Nº 26.862, la presente reglamentación y demás normas complementarias que al efecto se dicten.
ARTICULO 2°.- Definiciones. Se entiende por técnicas de reproducción médicamente asistida a todos los tratamientos o procedimientos para la consecución de un embarazo. Se consideran técnicas de baja complejidad a aquellas que tienen por objeto la unión entre óvulo y espermatozoide en el interior del sistema reproductor femenino, lograda a través de la inducción de ovulación, estimulación ovárica controlada, desencadenamiento de la ovulación e inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal, con semen de la pareja o donante.
Se entiende por técnicas de alta complejidad a aquellas donde la unión entre óvulo y espermatozoide tiene lugar por fuera del sistema reproductor femenino, incluyendo a la fecundación in vitro; la inyección intracitoplasmática de espermatozoide; la criopreservación de ovocitos y embriones; la donación de ovocitos y embriones y la vitrificación de tejidos reproductivos.
La Autoridad de Aplicación resolverá la inclusión de nuevos procedimientos y técnicas en la cobertura que explicita la Ley Nº 26.862, siempre que tales procedimientos y técnicas hayan demostrado eficacia y seguridad con nivel de evidencia A, es decir, a través de ensayos clínicos aleatorizados y controlados, y luego de la evaluación técnica realizada por la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD, conforme las previsiones del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA. Los mismos serán incorporados por normas complementarias dictadas por el MINISTERIO DE SALUD.
ARTICULO 3°.- Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 26.862 y de la presente Reglamentación es el MINISTERIO DE SALUD y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en lo que resulte materia de su competencia.
La Autoridad de Aplicación podrá coordinar con las autoridades sanitarias provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el desarrollo y aprobación de las normas de habilitación categorizante de los servicios de reproducción humana asistida.
ARTICULO 4°.- Registro. El registro único de establecimientos sanitarios habilitados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida y los bancos de gametos y/o embriones funcionará en el ámbito del REGISTRO FEDERAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ReFES) en la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD. Las autoridades sanitarias de las provincias y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES serán las responsables de registrar los establecimientos que hayan habilitado a tal fin, conforme a las normas de habilitación categorizante que se hubieran aprobado.
ARTICULO 5°.- Requisitos. La Autoridad de Aplicación deberá establecer los requisitos de habilitación de los establecimientos sanitarios destinados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, en el marco de la normativa de habilitación categorizante del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA CALIDAD DE LA ASISTENCIA MEDICA.
La habilitación sanitaria del servicio y de los establecimientos será otorgada por la autoridad jurisdiccional competente.
ARTICULO 6°.- Funciones. El MINISTERIO DE SALUD, a los fines de cumplir con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.862, deberá:
a) Coordinar con las autoridades sanitarias de las provincias y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES la creación de servicios de reproducción medicamente asistida de distintas complejidades, según necesidades y existencia previa de los mencionados servicios en establecimientos sanitarios públicos de cada jurisdicción o a nivel regional, que cumplan con los requisitos generales de habilitación categorizante del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA CALIDAD DE LA ASISTENCIA MEDICA.
b) Mantener en la página Web del MINISTERIO DE SALUD y en el SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION SANITARIA la lista actualizada de establecimientos sanitarios públicos y privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional, para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida.
c) Realizar campañas de información a fin de promover los cuidados de la fertilidad en mujeres y varones a través del PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE, dependiente de la DIRECCION DE MEDICINA COMUNITARIA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS.
d) Promover conjuntamente con el MINISTERIO DE EDUCACION, la actualización del capital humano en la materia, involucrando a las universidades formadoras en ciencias de la salud.
ARTICULO 7°.- Beneficiarios. El consentimiento informado deberá ser prestado por la persona que requiera la aplicación de técnicas de reproducción médicamente asistida, antes del inicio de cada una de ellas. El consentimiento informado y su revocación deben documentarse en la historia clínica con la firma del titular del derecho expresando su manifestación de voluntad. Se aplican, en lo pertinente, las Leyes Nº 26.529 de Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud y Nº 25.326 de Protección de los Datos Personales.
En los casos de técnicas de reproducción médicamente asistida de baja complejidad el consentimiento es revocable en cualquier momento del tratamiento, o hasta antes del inicio de la inseminación. En los casos de técnicas de reproducción médicamente asistida de alta complejidad, el consentimiento es revocable hasta antes de la implantación del embrión.
ARTICULO 8°.- Cobertura. Quedan obligados a brindar cobertura en los términos de la presente reglamentación y sus normas complementarias los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud enmarcados en las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, las Entidades de Medicina Prepaga (Ley Nº 26.682), el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032), la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas, las Obras Sociales Universitarias (Ley Nº 24.741), y todos aquellos agentes que brinden servicios médico asistenciales independientemente de la forma jurídica que posean.
El sistema de Salud Público cubrirá a todo argentino y a todo habitante que tenga residencia definitiva otorgada por autoridad competente, y que no posea otra cobertura de salud.
En los términos que marca la Ley Nº 26.862, una persona podrá acceder a un máximo de CUATRO (4) tratamientos anuales con técnicas de reproducción médicamente asistida de baja complejidad, y hasta TRES (3) tratamientos de reproducción médicamente asistida con técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de TRES (3) meses entre cada uno de ellos.
Se deberá comenzar con técnicas de baja complejidad como requisito previo al uso de las técnicas de mayor complejidad. A efectos de realizar las técnicas de mayor complejidad deberán cumplirse como mínimo TRES (3) intentos previos con técnicas de baja complejidad, salvo que causas médicas debidamente documentadas justifiquen la utilización directa de técnicas de mayor complejidad.
Quedan incluidos en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO (PMO), los procedimientos y las técnicas de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo para la reproducción médicamente asistida reguladas en el artículo 8° de la Ley Nº 26.862.
No se considerará como situación de preexistencia, en los términos del artículo 10 de la Ley Nº 26.682, la condición de infertilidad o la imposibilidad de concebir un embarazo.
En caso que en la técnica de reproducción médicamente asistida se requieran gametos o embriones donados, estos deberán provenir exclusivamente de los bancos de gametos o embriones debidamente inscriptos en el REGISTRO FEDERAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ReFES) de la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.
Si la donación se ha efectuado en un establecimiento diferente al de realización del tratamiento, el titular del derecho deberá presentar una declaración jurada original del establecimiento receptor del gameto o embrión en la cual conste el consentimiento debidamente prestado por el donante.
La donación de gametos y/o embriones deberá estar incluida en cada procedimiento. La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial.
La autoridad de aplicación podrá elaborar una norma de diagnóstico e indicaciones terapéuticas de medicamentos, procedimientos y técnicas de reproducción asistida para la cobertura por el Programa Médico Obligatorio, sin que ello implique demora en la aplicación inmediata de las garantías que establece la Ley Nº 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. La ausencia del dictado de tal norma no implicará dilación alguna en la aplicación inmediata de las mencionadas garantías.
ARTICULO 9°.- Presupuesto. Conforme lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.862, el MINISTERIO DE SALUD asignará anualmente las partidas presupuestarias correspondientes, para la atención de la población en los términos del artículo 8° de la presente reglamentación.
ARTICULO 10.- Las respectivas autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberán adoptar los recaudos tendientes a la efectiva implementación de la Ley en el ámbito de sus competencias, incluyendo las previsiones presupuestarias correspondientes.
- See more at: http://www.msal.gov.ar/prensa/index.php?option=com_content&view=article&id=1416:se-reglamento-la-ley-26862-de-reproduccion-medicamente-asistida&catid=6:destacados-slide1416#sthash.Np04vWDr.dpuf

Se reglamentó la Ley 26.862 de reproducción médicamente asistida

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud de la Nación 



Lo hizo la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, a través de un decreto publicado ayer, martes 23 de julio en el Boletín Oficial 


La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, reglamentó la Ley Nº 26.862 de "Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida" a través del Decreto 956/2013, que apareció publicado hoy en el Boletín Oficial. La autoridad de aplicación de la norma y de la reglamentación es el Ministerio de Salud de la Nación y, en lo que resulte materia de su competencia, la Superintendencia de Servicios de Salud.
Los siguientes son los aspectos principales de la ley y su decreto reglamentario:
- La Ley 26.862 y su reglamentación cubren la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales.
- Esta nueva legislación se inscribe en el marco de la ampliación de derechos que caracteriza los avances dispuestos por el Gobierno Nacional, contemplando de manera igualitaria e inclusiva los derechos de toda persona a la paternidad/maternidad y a formar una familia, reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango constitucional.
- La Ley establece que tienen derecho a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin discriminación o exclusión de acuerdo a su orientación sexual o estado civil.
- El sector público de la salud, las obras sociales reguladas y otras entidades de la seguridad social incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de las técnicas de reproducción médicamente asistida.
- La cobertura garantizada en la reglamentación se basa en los criterios establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con un enfoque integral e interdisciplinario del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos, las terapias de apoyo y las técnicas de reproducción médicamente asistida de baja y de alta complejidad.
- En caso de que en la técnica de reproducción asistida se requieran gametos donados, la donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial.
-   El Ministerio de Salud de la Nación elaborará los criterios de habilitación de los establecimientos y las normas de diagnóstico y utilización de las técnicas de reproducción asistida para su cobertura dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).
- See more at: http://www.msal.gov.ar/prensa/index.php?option=com_content&view=article&id=1416:se-reglamento-la-ley-26862-de-reproduccion-medicamente-asistida&catid=6:destacados-slide1416#sthash.Np04vWDr.dpuf

COBRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS

Los jubilados y pensionados comenzarán a percibir sus haberes correspondientes a este mes a partir del martes próximo, 30 de julio, se informó oficialmente.




El cronograma de pagos comienza ese día con el pago a las pensiones sociales y beneficiarios con documentos terminados en 0.
El miércoles 31 se abonarán los haberes a los documentos terminaos en 1,2 y 3.
El jueves 1º continúa el pago a los beneficiarios con documentos terminados en 4, 5 y 6 y el cronograma finaliza el viernes 2 con el pago a los documentos terminados en 7, 8 y 9.
Se informó que aquellos beneficiarios que cobran por cajero automático, se encuentran incluidos en la fechas de pago según terminación del número de documento.

Lo celebro la Presidenta de la Nación: Consideran al Hospital El Cruce como el 5º más importante de Latinoamérica

La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner destacó el hecho de que el Hospital El Cruce de Florencio Varela, ocupe uno de los lugares más relevantes entre los nosocomios públicos de Latinoamérica, según la revista especializada América Economía.


"El Cruce fue nominado como el quinto hospital más importante de Latinoamérica. Se llama Néstor Kirchner, y lo hicimos nosotros", valoró la mandataria.
El ranking de la revista chilena "América Economía" se propone como referente único y exclusivo para comprender la complejidad de los hospitales de América Latina. En su edición de 2012, ubicó al hospital El Cruce Néstor Kirchner en el quinto lugar entre los nosocomios públicos de Latinoamérica y en el puesto N° 39, entre las instituciones públicos y privadas de la región. 
"Este hospital lleva realizados 43 trasplantes, que son la intervención más costosa y compleja que se puede realizar en medicina, y que muestran con elocuencia la prioridad que nuestro proyecto político asigna a la salud como elemento de equidad e inclusión social", destacó el ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur. Con similares conceptos se expresó la directora de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Carissa Etienne, quien durante una reciente visita a la Argentina, en la que recorrió el nosocomio, sostuvo que El Cruce es un "hospital modelo para la toda la región".

23/7/13

SIGUE EL TEATRO INFANTIL EN VACACIONES DE INVIERNO


Hoy martes 23 de agosto en el Teatro Don Bosco a partir de las 16hs



La imaginación corre peligro. GALILEO, un niño de 9 años, construyó en su imaginación un universo de amigos invisibles muy particulares, con los que conversa y juega en su casa, a espaldas de su madre. Ahora ha conocido una niña – una pesadilla hecha niña-: JULIANA, de quien quedó enamorado al instante por su “original” carácter. El universo imaginario corre así peligro: la profecía de los invisibles indica:
cuando un niño besa por primera vez a una niña, los amigos invisibles desaparecen de la imaginación del niño PARA SIEMPRE… pero no si este grupo improbable puede impedirlo tras un terrible plan

Autor: Ulises Castañeda
Dirección: Aníbal Dinaro


y mañana , miércoles 24 de agosto también a las 16hs



En el Reino del Revés plagado de tecnología, todo comienza a fallar cuando la princesa Pepina, a la que no la dejaban hacer nada de nada, decide hacer algo de algo, irse, fugarse tomarse un tranvía que la conduce a Gulubu, donde se encuentra con la recepcionista, muy particular, la vaca estudiosa más
fashion que nunca.

Direccion: Marisol Vecchi


Documentos válidos para votar en las primarias 2013

Este 2013 las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias(PASO) se celebrarán el 11 de agosto. 

Los Documentos válidos para votar tanto en las elecciones primarias de agosto como en las nacionales de octubre son:




» Libreta Cívica (LC)
» Libreta de Enrolamiento (LE)
» DNI tapa verde
» DNI tapa celeste
» DNI tarjeta en sus dos versiones.

A pesar de la indicación “NO VÁLIDO PARA VOTAR” en DNI tarjeta 1° versión, podrá ser utilizado para votar en próximas elecciones nacionales. 

LLEVA TU ULTIMO DOCUMENTO ACTUALIZADO 

Recordar que para votar se debe ir el día de la elección con el documento cívico que figura en el padrón o una versión posterior. Ejemplos: 

» si en el padrón figura LE y el elector se presenta con su DNI.
» si figura con el DNI original y se presenta con el DNI duplicado.
» si se presenta con un DNI "ejemplar B" y figura con un DNI "ejemplar A".
» si se presenta con DNI formato tarjeta y figura en el padrón con LE.

Quien se presente a votar con un documento anterior al que figura en el padrón elctoral NO PODRÁ VOTAR. Por ejemplo: 

» si en el padrón figura DNI y el elector se presenta con su LE.
» si figura con el DNI duplicado y se presenta con el DNI original.
» si se presenta con un DNI "ejemplar A" y figura con un DNI "ejemplar B".

DEBO CAMBIAR MI VIEJO DNI PARA VOTAR? 

Para las elecciones primarias y nacionales, NO es obligatorio el cambio del DNI que tenés por el nuevo DNI, siempre y cuando el estado del mismo sea bueno. 

Si perdi mi DNI, ¿Puedo votar con la constancia de extravío? 

La constancia de extravío de DNI o de documento en trámite NO te habilita para votar. 

Si el día de la elección estoy de viaje en el extranjero ¿Puedo votar con pasaporte? 

NO, el pasaporte no te habilita para votar, si estas de viaje el día de la elección deberas justificar la no emisión del voto, conocé como AQUI

JOVENES DE 16 AÑOS DEBEN RENOVAR EL DNI PARA VOTAR 

Para ser incorporado al Padrón electoral, los jóvenes de 15 años que cumplan los 16 hasta el 27 de octubre, debieron haber renovado el DNI hasta del 30 de abril.

22/7/13

Los diplomas de la UNQ a la carrera de Costura Naval


Tras dos meses de cursos, la Universidad local entregó constancias a los alumnos recibidos en la carrera de Costura Naval en la sede de zona Norte



 Más de 40 personas recibieron su diploma en Costura Naval, una capacitación que realizó la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ) con la financiación del Proyecto CID (Conocimiento, inclusión y desarrollo) de la Unión Europea, del cual la UNQ es socia, junto con otras 15 universidades argentinas y 5 europeas.  El curso, que duró dos meses, se dictó en el Astillero académico de la carrera de Arquitectura Naval que la UNQ posee en San Fernando. La iniciativa fue apoyada por la Cámara argentina de constructores de embarcaciones livianas (Cacel), la Municipalidad de San Fernando y el Parque Náutico San Fernando.  La capacitación estuvo a cargo de Mariano Castro, fabricante de velas, y Marcelo Kazalianm encargado de capacitar sobre el aspecto técnico del uso de las máquinas, y contó con la coordinación de Hector Longarela, director de la carrera de Arquitectura Naval de la UNQ.  El curso formó costureros navales, en su mayoría mujeres en situación de desempleo, todos ellos capacitados para trabajar en la costura de velas para embarcaciones y articulados con la producción. La iniciativa fue pensada con el objetivo de brindar una formación con salida laboral, con el fin de mejorar el acceso a la formación universitaria, en particular a la formación continua y recurrente de personas en situación de desventaja social. Con este espíritu de inclusión social, el listado de alumnos formados en este curso fue entregado a las empresas que integran la Cámara de constructores de embarcaciones livianas, según aseguró el Presidente de Cacel.  Para llevar adelante esta iniciativa, se alquilaron cuatro máquinas de coser, específicas para este tipo de costura, y también se diseñó y construyó una mesa especial para las máquinas de coser.  En el acto de entrega de certificados estuvieron presentes Alejandro Villar, vicerrector de la UNQ y referente científico técnico del proyecto; Héctor Longarela, director de Arquitectura Naval; Leonardo Bertolino, referente administrativo del proyecto; Israel Mahler, asesor de rectorado de la UNQ; Jorge Farré, presidente de Cacel; Jorge Córdoba, director del Centro Universitario Municipal de San Fernando; Laura Triador, directora de Promoción y contención social de la Municipalidad de San fernando; y Gastón Helvig, coordinador del Mercosur del Proyecto CID.

Abren Registros Civiles los días sábados 20 y 27 de julio para todo tipo de trámite documentario

Hay 80 mil DNI para entregar

Según informaron desde la Jefatura de Gabinete provincial los sábados 20 y 27 de julio, permanecerán abiertas 29 delegaciones del Registro Provincial de las Personas para la realización de todo tipo de trámite de DNI y para la entrega de los DNI pendientes de entrega.



Los sábados 20 y 27 de julio quienes se acerquen en el horario de 9 a 13 a cualquiera de los 10 Centros de Documentación Rápida (La Plata, Mar del Plata, Bahía Blanca, San Justo, Laferrere, Burzaco, Lanús, José C. Paz, Merlo y San Martín), a los 4 Centros Integrales de Documentación (San Nicolás, Quilmes, Olivos y Lomas de Zamora) y a los registros civiles de Berazategui, Monte Grande, General Rodríguez, Ituzaingó, Tigre, Olavarría, Berisso, Avellaneda, Caseros, Mercedes, Necochea, Villa Gesell, Pergamino, Mariano Acosta y Los Ceibos (González Catán), podrán realizar su trámite de DNI o retirar su DNI devuelto por el correo a la delegación donde lo tramitó oportunamente.
Al respecto, el subsecretario de Gabinete provincial, Juan Pablo Alvarez Echagüe sostuvo que “por indicación del gobernador Daniel Scioli hemos decidido abrir 29 delegaciones del Registro Civil los sábados 20 y 27 de julio de9 a13, brindando de esa forma un mejor servicio a los ciudadanos, que pueden acercarse a estas delegaciones, no sólo para realizar todo tipo de trámite documentario, sino también para retirar sus DNI”, y agregó que “desde el lunes 22 de julio vamos a extender el horario de atención semanal hasta las 17 en estas 29 delegaciones de Registro Civil solamente para que los ciudadanos puedan retirar sus DNI pendientes de entrega”.
“Actualmente tenemos más de 80 mil DNI para entregar en toda la provincia, y creemos que facilitándole los trámites a los ciudadanos con la apertura de los Registros Civiles los días sábados y con la extensión del horario semanal esa cantidad va a bajar considerablemente”, concluyó el funcionario.