18/6/13

Reglamentan el régimen de pautas electorales para los partidos políticos

A poco de las PASO se publicó en Boletín Oficial 

El gobierno nacional dio a conocer hoy el decreto 760 que establece la asignación y distribución de espacios. Los spots políticos deberán emitirse en las tandas publicitarias entre las 7 de la mañana y la 1 de la madrugada del día siguiente.


El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial la asignación y distribución de espacios para las pautas electorales sobre las que deberán regirse los partidos políticos de cara a las próximas Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.
A menos de dos meses de los comicios, se conoció hoy el decreto 760 mediante el que se fija el régimen de la pauta electoral. Ahora, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) deberá enviar al Ministerio del Interior la lista preliminar de las señales a afectar.
Según el texto publicado hoy, los mensajes de campaña se emitirán entre las 7 de la mañana y la una de la madrugada del día siguiente, y las señales afectadas están obligadas a emitir los mensajes políticos en las los mensajes a lo largo de las tandas publicitarias, y a no agruparlos abusivamente.
Por otra parte, la Dirección Nacional Electoral deberá definir los pedidos dentro de los cinco días de interpuestas las observaciones de las partes, previo informe del organismo conducido por Martín Sabbatella. Una vez resuelto todo, se publicará en el Boletín Oficial el listado definitivo de medios audiovisuales que integran el régimen de pautas electorales.
De acuerdo a lo publicado, las diferentes señales “deberán ceder gratuitamente el 10 por ciento de 12 horas de programación para la difusión de mensajes de campaña electoral durante los períodos de campaña", o el equivalente al 10 por ciento del horario efectivo de emisión.

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