9/4/13

Algunos Proyectos presentados en la Primera Sesión Ordinaria del año

A continuación les dejo algunos de los Proyectos de mi autoría que presenté en la Sesión del día de hoy (09-04-13) en el Honorable Concejo Deliberante. Estos Proyectos fueron hechos con la colaboración de los vecinos y /o Instituciones que se han acercado y con quienes venimos trabajando mancomunadamente. Ademas, presente una minuta de comunicación verbal sobre tablas.
Previo a dejarles los Proyectos les cuento a modo de informe de que se tratan.



Proyectos de la Autoría del Cjal Gaudio:

1)  Expediente Nº 2-22962
HCD-13
Referente: Declarase de Interés Municipal el Proyecto “Aguas Puras”propuesto por los alumnos de la Carrera de Analista en Calidad de Alimentos del Instituto Superior de Formación Docente y Técnico Nº 83 de la localidad de San Francisco Solano. Considerando que el Agua es el alimento esencial para los animales incluido el hombre,  y que frecuentemente actúa como vehículo de microorganismos entéricos.

2)  Expediente Nº 2-22977
HCD-13
Referente: Que durante el año 2011 he solicitado mediante Expediente HCD 2-21800 la remisión de los Expedientes 4091-7854-U-08 Cuerpo I y II, agregado Alcance 8,9,10,11 por el cual tramitaran las actuaciones necesarias por la cual se aprobó el establecimiento de el emprendimiento “Nuevo Quilmes S.A motiva dicho pedido saber cuales eran los espacios destinados a equipamiento comunitario de acuerdo a lo normado en el Decreto Provincial Nº 27/98 y que ha transcurrido casi dos años desde el Primer pedido de Informe . Que se ha reiterado la misma mediante Minuta de comunicación Verbal nº 2884/12 la que aun permanece inconteste de la parte del Departamento Ejecutivo.
Resolución: Por todo lo expuesto el Concejal Gaudio Solicita al Departamento Ejecutivo por el área que corresponda remita copia debidamente certificada de los expedientes 4091-7854-U-08 Cuerpo I y II, agregado Alcance 8,9,10,11.
3)  Expediente Nº 2-23004
HCD-13
Referente: Visto que la instalación de una nueva antena de Telefonía celular  en el predio con frente a la calle San Martin Nº 2181 de la Localidad de San Francisco Solano y a efectos de llevar tranquilidad a los vecinos es imperioso contar con información oficial.
Resolución: Solicitase al Departamento Ejecutivo por el área que corresponda informe si la Antena ubicada en dicho predio cuenta con la habilitación municipal, informe asimismo el numero de la misma  y la empresa prestataria titular de la habilitación . Ademas realizar una Inspección integral en el predio aludido en el Artículo 1º y remita copia certificada del contrato de locación entre el titular del dominio y la empresa de telefonía celular, en caso de respuesta afirmativa a lo solicitado en el Artículo 1º.

4)  Expediente nº 2-23006
HCD-13
Referente: A lo regulado en la Ley Provincial 14037 y el Decreto 277/10 y considerando que las normas Provinciales son las que regulan la actividad del Teatro Independiente, el cual en el ámbito Provincial tiene un Consejo Asesor formado por importantes figuras. Que es una expresión cultural importante y que es necesario desde el Estado generar condiciones jurídicas para que alcance su máxima potencialidad y que debe ser prioridad del Estado garantizar de manera económica y accesible a todos los vecinos la posibilidad de acceder a una obra teatral. El concejal Roberto Gaudio aconseja: Exceptuase del cumplimiento del Articulo 176º de la Ordenanza Fiscal y Tributaria Nº 12012/12 a los Grupos y Salas de Teatro Independiente, entendiéndose por Grupos de Teatro Independiente a los que reúnen las siguientes características:
a) Independencia Funcional, Orgánica, Económica o Jerárquica de Instituciones u Organismos Públicos Municipales, Provinciales o Nacionales y de Empresas Privadas de cualquier índole
b) Gestión Autónoma
c) Organización Democrática.
Entiéndase por salas de Teatro Independiente a las que reúnan los siguientes requisitos:
a)   Espacios Escénicos convencionales y no convencionales que no superen las trescientas (300) localidades.
b)   Los grupos de formación establece o eventual que se dediquen a la actividad teatral independiente.

1)  Proyecto Aguas Puras  (Expediente Nº 2-22962)

 Visto:
La importancia del Proyecto  presentado por los alumnos de  del Instituto Superior de Formación Docente y Técnico  Nº 83    denominado Proyecto “Aguas Puras” y

Considerando:
                Que: el agua, es el alimento esencial para los animales incluido el hombre, frecuentemente actúa como vehículo de transmisión de microorganismos entéricos.
                Que la contaminación por materia fecal puede accidentalmente alcanzar una fuente de abastecimiento, siendo la forma más común el ingreso a través de los sistemas de  pozo ciego a napas profundas.
               Que: El Código Alimentario Argentino (CAA), la Organización Mundial de la Salud (OMS) en sus Guías para la calidad del agua potable, la Directiva98/83/CE y otras normas internacionales, recomiendan requisitos de calidad para el agua de consumo humano.
                Que: La normativa establece que el agua es apta bacteriológicamente para consumo si se encuentra exenta de microorganismos patógenos de origen entérico y parasitario intestinal.
                 Que: Los mismos transmiten enfermedades tales como salmonelosis (Salmonella)  humana es una enfermedad infectocontagiosa producida por enterobacterias del género Salmonella. Comprende un conjunto de cuadros clínicos cuya principal manifestación es la gastroenteritis aguda, una de las intoxicaciones alimentarias más comunes causadas por agua y alimentos contaminados,[] especialmente carnes.[] Tanto salmonelosis como el género Salmonella son una latinización del nombre de Daniel Elmer Salmon (1850-1914), un veterinario estadounidense.
                Que: La  shigelosis (Shigella): Es una infección aguda del revestimiento del intestino.
                Que  La shigelosis es causada por un grupo de bacterias llamadas Shigella. Existen varios tipos de Shigella:
La Shigella sonnei, también llamada Shigella del grupo D, es responsable de la mayoría de los casos de shigelosis en los Estados Unidos.
  • La Shigella flexneri, o Shigella del grupo B, causa casi todos los demás casos.
  • La Shigella dysenteriae tipo 1 es rara en los EE. UU., pero puede llevar a brotes mortales en países en desarrollo.
                   Que Las personas infectadas con la bacteria la excretan en sus heces. Las bacterias se pueden diseminar desde una persona infectada hasta contaminar el agua o los alimentos, o directamente a otra persona. Recibir tan sólo un poquito de la bacteria Shigella en la boca es suficiente para causar síntomas.
          Que: Los brotes de shigelosis están asociados con condiciones sanitarias deficientes, agua y alimentos contaminados, al igual que condiciones de vida en hacinamiento. La shigelosis es común entre los viajeros a países en desarrollo y obreros o residentes de campos de refugiados. La afección se observa más comúnmente en guarderías y lugares de vivienda en grupos.
           Que:: El cólera (Vibrio Cholerae)  ha sido poco frecuente en los países industrializados durante los últimos 100 años; no obstante, esta enfermedad aún es común en otras partes del mundo, incluyendo el subcontinente Indio, Sureste Asiático, Latinoamérica y el África Subsahariana. Una persona puede adquirir cólera bebiendo líquido o comiendo alimentos contaminados con la bacteria del cólera. Durante una epidemia, la fuente de contaminación son generalmente las heces de una persona infectada. La enfermedad puede diseminarse rápidamente en áreas con tratamientos inadecuados de agua potable y aguas residuales. La bacteria del cólera también puede vivir en ríos salubres y aguas costeras. Es poco común la transmisión del cólera directamente de una persona a otra; por lo tanto, el contacto casual con una persona infectada no constituye un riesgo para contraer la enfermedad. Se presenta como epidemia donde existen condiciones sanitarias deficientes, hacinamiento, guerra e inanición. Áreas endémicas son: Asia, África, el Mediterráneo y más recientemente, América Central y del Sur. Un tipo de Vibrio ha estado asociado con los mariscos, especialmente ostras crudas. También son factores de riesgo residir en áreas endémicas o viajar por ellas, así como beber agua contaminada o no tratada.
              Que: La amebiasis (Entamoeba histolyca): la infección ocurre por la contaminación del agua, vegetales, frutas u otros alimentos crudos mal lavados o mal cocinados con quistes infecciosos provenientes de heces contaminadas. Es posible que moscas y cucarachas transporten quistes, desde las heces hasta los alimentos. La contaminación fecal-oral por algunas prácticas sexuales también es una fuente de infecciones importante. Los quistes son resistentes, sobreviviendo varias semanas, pero mueren a alta temperatura o con agua caliente. La amebiasis es común en las zonas rurales y en los grupos socioeconómicos más bajos, Sin embargo, tratándose de cualquier región, este padecimiento es más frecuente en los sitios dónde predomina el hacinamiento y puede alcanzar proporciones epidémicas en orfanatos, prisiones y asilos.

               Que: existen otras alteraciones intestinales (Aeromonas mesófilas, Helicobacter pylori, Campylobacter); giardiasis (Giardia lamblia), cristsporidiosis (Crystosporidium), esquistosomiasis (Schistosoma), desórdenes hepáticos (Virus de hepatitis), etc.

Que la presencia de microorganismos patógenos en el agua de bebida es un riesgo que se incrementa en las áreas marginales de mayor densidad poblacional o en zonas sin disponibilidad de agua potable.
Que la seguridad que un agua contaminada puede ser causal de enfermedades, ha conducido a la necesidad de controlar rutinariamente la calidad microbiológica de muestras de diversos orígenes.
          Que los controles rutinarios de la totalidad de los microorganismos hídricos, potencialmente riesgoso para  la salud, resultan difíciles de llevar a cabo debido a la gran variedad de bacterias patógenas cultivables, a la complejidad de los ensayos de aislamientos y a la presencia en baja concentración de varias especies altamente agresivas, sin que el orden detallado indique prioridad.
Que la razón  primordial es que los análisis bacteriológicos apuntan  a la búsqueda de microorganismos indicadores de contaminación  y se centralizan en la cuantificación de coliformes y otros.
Que A su vez sería de suma utilidad que el personal  Municipal que está a cargo del área de saneamiento de Tanques de Agua Potable, recibiera de éstos jóvenes la instrucción debida.
         Que fue presentado ante el Consejo Escolar de Quilmes.
         Que  la Empresa Aysa tomo conocimiento del Proyecto y mantuvo entrevista con los alumnos.

Por todo lo antes expuesto el Concejal Roberto Gaudio aconseja la  aprobación del  siguiente Proyecto de


ORDENANZA

ARTICULO 1: Declarase de Interés Municipal el Proyecto “Aguas Puras” propuesto por los alumnos de la Carrera de Analista en Calidad de Alimentos del I.S.F.D. y T Nº 83 de la Localidad de San Francisco Solano.

ARTICULO 2:De forma


2) Proyecto "Nuevo Quilmes" Expediente Nº 2-22977

Visto: Lo solicitado mediante expediente 2-22324-HCD-12, mediante el cual se solicitara la remisión de los expedientes 4091-7854-U-08 cuerpo I y II, agregado alcance 8,9,10,11 y .

Considerando:

                           Que durante el año 2011 he solicitado mediante expediente HCD 2-21800 la remisión de los expedientes 4091-7854-U-08 cuerpo I y II, agregado alcance 8,9,10,11 por el cual tramitaran las actuaciones necesarias por la cual se aprobó el establecimiento de el emprendimiento “Nuevo Quilmes”  S.A motiva dicho pedido saber cuales eran los espacios destinados a equipamiento comunitario de acuerdo a lo normado en el Decreto Provincial Nº 27/98.                                
                           Que han transcurrido casi dos años  desde el primer  pedido de informe.

                            Que se ha reiterando la misma cuestión  mediante Minuta de Comunicación Verbal Nº 2884/12 la que aun permanece inconteste de parte del Departamento Ejecutivo.  

Por todo lo expuesto el concejal Roberto Gaudio aconseja la aprobación del siguiente proyecto de :

RESOLUCION

Articulo 1º: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo por el área __________ que corresponda remita copia debidamente certificada de los  expedientes 4091-7854-U-08 cuerpo I y II, agregado alcance 8,9,10,11.

Articulo 2º: De Forma                                       

                


  
                                                                                                                                                                                                                             3)                                             PROYECTO TEATRO 


 Expediente Nº 2-23004 
Visto: Lo regulado en la ley provincial 14.037 y el Decreto 277/10 y

Considerando:
              Que las normas provinciales 14.037 y el Decreto 277/10 son las que regulan la actividad del Teatro independiente, el cual en el ámbito provincial tiene un Consejo Asesor formado por importantes figuras.
               Que es una expresión cultural importante y que es necesario desde el Estado generar las condiciones jurídicas para que alcance su máxima potencialidad.
Que debe ser prioridad del Estado garantizar de manera económica y accesible a todos los vecinos la posibilidad de acceder a una obra teatral.

Por todo lo expuesto el Concejal Roberto Gaudio aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1º: EXCEPTUASE del cumplimiento del artículo 176 de la Ordenanza Fiscal y Tributaria Nº 12012/12 a los grupos y salas de teatro independiente.

Artículo 2º: ENTIÉNDASE por grupos de teatro independiente independiente a los que reúnen las siguientes características:
a) independencia funcional, orgánica, económica o jerárquica de instituciones u organismos públicos municipales, provinciales o nacionales y de empresas privadas de cualquier índole
b) Gestión autónoma
c) Organización Democrática

Articulo 3º: ENTIÉNDASE por Salas de teatro independiente a las que reúnan los siguientes requisitos:
a) Espacios Escénicos convencionales y no convencionales que no superen las trescientas (300) localidades.
b) Los grupos de formación estable o eventual que se dediquen a la actividad teatral independiente

Articulo 4º: De Forma



4) PROYECTO PEDIDO DE INFORME SOBRE INSTALACIÓN DE ANTENA


Visto: La instalación de una nueva antena de telefonía celular en el predio con frente a la calle San Martín Nº 2181 de la Localidad de San Francisco Solano y

Considerando:
              Que a efectos de llevar tranquilidad a los vecinos es imperioso contar con información oficial.

                      Que la colocación de antenas en zonas urbanas  genera preocupación en la población.

              Que los vecinos de la zona manifiestan su gran preocupación por la instalación de esa antena.

Por todo lo expuesto el Concejal Roberto Gaudio aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo por el área que corresponda informe si la antena ubicada en el predio con frente a la calle San Martín Nº 2181, de la Localidad de San Francisco Solano, cuenta con habilitación municipal, informe asimismo el número de la misma y la empresa prestataria titular de la habilitación.

Artículo 2º: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo por el área que corresponda proceda a realizar una inspección integral en el predio aludido en el artículo  1º.

Artículo 3º: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo por el área que corresponda remita copia certificada del contrato de locación entre el titular de dominio y la empresa de telefonía celular, en caso de respuesta  afirmativa a lo solicitado en el articulo 1º.

Artículo 4º: De forma.


MINUTA DE COMUNICACIÓN VERBAL



Solicitase al Departamento Ejecutivo remita al Honorable Concejo Deliberante el Expediente 4091-17581-U-11 . A fin de concluir el tramite de regularizacion y compra de las tierras del Barrio de la ex Finexcor.



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